Nuevovalor de referencia de Catastro en Cataluña: ¿Cómo afecta a sucesiones y donaciones? 24/02/2022 / Por Elena Crespo Lorenzo. Desde el pasado 1 de enero de 2022 se encuentra en vigor una importante novedad en materia fiscal que afecta a sucesiones y donaciones en Cataluña, entre otros tributos relacionados con la
Elresto de bienes y derechos, la reducción aplicable es un 14,28 por 100 por cada año de permanencia que exceda de dos desde su adquisición hasta 31 de diciembre de 1996. En este grupo de bienes y derechos se incluyen, entre otros, las acciones o participaciones representativas del capital social o patrimonio de las Sociedades o Fondos de Inversión, ValuacuónFiscal Homogénea (VFH) La VFH es el nuevo valor fiscal de su propiedad. Se calcula considerando el valor económico e incidencia del terreno según ubicación geográfica y entorno y la incidencia comercial del distrito, por un lado, y el valor real de edificación según la categoría, destino, calidad y características.Desdeque arrancara el nuevo año no se ha parado de hablar en los círculos legales del valor de referencia de Catastro, el nuevo valor fiscal de tu vivienda y que es la base imponible de impuestos tan importantes como el ITP, que se paga al comprar una casa usada, o del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD). También afecta al
Elvalor de referencia es el valor que se tiene en cuenta desde el 1 de enero de 2022 como “valor real” de los inmuebles en el momento de calcular la cuota a pagar por determinados impuestos. Ha sido incorporado a nuestro ordenamiento por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.